 REFORMA ESTABLECE LA SOLIDARIDAD CON LOS PUEBLOS EN LA LUCHA POR LA EMANCIPACIÓN Y LA UNIDAD LATINOAMERICANA COMO PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Por Portal ALBA. Se destacan los Artículos 152 y 153 que reproducimos aquí. | 
|
Entre los artículos a presentarse dentro de la Reforma de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y que recogen el sentir de la Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América (ALBA) se destacan los Artículos 152 y 153 que reproducimos aquí. El Artículo 152 fija claramente la política exterior del Estado definiéndola como antiimperialista y anticolonialista, defendiendo la solidaridad con los pueblos en la lucha por su emancipación, sentando las bases del mundo multipolar y la democratización de las instituciones internacionales. El Artículo 153 eleva a rango constitucional la unidad nuestros pueblos en su más amplia manifestación: América Latina y el Caribe. Asimismo expresa como parte intrínseca de esa unidad el ideal bolivariano de “Una nación de repúblicas”. Los proyectos Grannacionales discutidos en la última reunión de presidentes del ALBA en el estado Lara que incluyen iniciativas en los ámbitos educativo, sanitario, industrial, de producción de alimentos y de energía tienen como meta fortalecer la Alternativa Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América y es punta de lanza para la continua unidad de la Patria Grande. Artículo 152. Las relaciones internacionales de la República se sustentan en el pleno ejercicio de la soberanía del Estado venezolano y se rigen por los principios de: independencia política, igualdad de los Estados, libre determinación y no intervención en los asuntos internos, solución pacifica de los conflictos internacionales, defensa y respeto a los derechos humanos y solidaridad entre los pueblos en la lucha por su emancipación y el bienestar de la humanidad. La República desarrollará la más firme y decidida defensa de estos principios en los organismos e instituciones internacionales, propiciando su permanente democratización para la construcción de un orden justo y equilibrado. La política exterior de la República deberá orientarse de forma activa hacia la configuración de un mundo pluripolar, libre de la hegemonía de cualquier centro de poder imperialista, colonialista o neocolonialista. A los efectos de garantizar el cumplimiento de esta política, se declara el Servicio Exterior como actividad estratégica de Estado. Su organización y funcionamiento será establecido en la ley respectiva. trigésimo segundo. Se reformó el artículo 153, en la forma siguiente:
Artículo 153. La República promoverá la integración, la Confederación y la unión de América Latina y del Caribe a objeto de configurar un gran bloque regional de poder político, económico y social. Para el logro de este objetivo el Estado privilegiará la estructuración de nuevos modelos de integración y unión en nuestro continente, que permitan la creación de un espacio geopolítico, dentro del cual los pueblos y gobiernos de nuestra América vayan construyendo un solo proyecto Grannacional, al que Simón Bolívar llamó “Una Nación de Repúblicas”. La República podrá suscribir tratados y convenios internacionales basados en la más amplia cooperación política, social, económica, cultural, la complementariedad productiva Grannacional, la solidaridad y el comercio justo.
|